POLÍTICA DE PRIVACIDAD

En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 te informamos que los datos serán objeto de tratamiento por parte de ORANA GLOBAL BUSINESS S.L. y VEGETUS FOOD, S.L., con la finalidad de prestarte apoyo y soporte durante nuestra relación laboral. La base legal para el tratamiento de tus datos es la relación laboral que hemos acordado mediante contrato laboral. La documentación, manuales y servicios incluidos en esta web están basados en el consentimiento que se le solicita, como parte de los procedimientos comerciales de LORENA CAFÉ. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación laboral o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. Tienes derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de Control mediante escrito dirigido a la dirección de LORENA CAFE en cualquiera de sus restaurantes o a través de info@lorenacafe.com adjuntado copia del DNI en ambos casos.

Tanto durante la vigencia de nuestra relación laboral como con posterioridad a la terminación de la misma, las partes preservarán la más estricta confidencialidad acerca de TODA la información y documentación relativa a la EMPRESA y, en particular (de manera no exhaustiva): sobre sus actividades, proveedores, clientes, planes de negocio, proyectos, material formativo, Know How, cualquier información, materiales o documentos relacionados con los empleados, productos, metodología, procesos, planes o intenciones, presentaciones, informes, documentación, bases de datos informáticas, invenciones, diseños, descubrimientos y las patentes, copyrights, secretos comerciales y otros derechos de propiedad intelectual e industrial, , conversaciones, oportunidades de mercado y asuntos comerciales o propios de la organización empresarial, o de sus agrupadas o asociadas, o de sus clientes u otros contactos profesionales, herramientas de trabajo de la que cada una haya tenido conocimiento en virtud de la presente relación profesional o de la que puedan tener conocimiento de otro modo o que, por su naturaleza sea claramente confidencial.

Ambas partes reconocen que la información y documentación recibida en cualquier tipo de formato (digital, analógico, etc.) por parte de la otra, o a la que tenga acceso por ser necesario para prestar el servicio objeto de la relación laboral que mantienen para la evaluación de los sistemas y soluciones o tecnologías, es de carácter sensible y altamente confidencial.

Ninguna de las partes divulgará información confidencial alguna a ninguna persona o entidad ajena a esta relación laboral salvo autorización expresa y por escrito, reflejada en medio fehaciente, por la dirección. Así mismo, dicha información solamente podrá ser tratada por los cargos de nivel igual o superior al de los firmantes de la relación laboral y, en este caso, sólo a aquellos que necesiten conocerla para el desempeño de sus funciones a efectos de la prestación del servicio objeto de la relación laboral. Ambas partes accederán a la información confidencial con las medidas de seguridad que, al efecto, pueda establecer y definir la dirección, que se podrán incorporar a la presente relación laboral como un Anexo y que tendrán el carácter de instrucciones vinculantes.

A título meramente enunciativo y no limitativo, sin perjuicio de lo anterior, no se considerará información confidencial aquella sobre la que la dirección pudiera claramente demostrar que:

1.- Sea o pase a ser del dominio público por acción u omisión ajena a la otra parte; o era accesible al público en el momento de haberle sido revelada, o hubiera adquirido tal condición después de dicha revelación; ó
2.- Obrara en poder legítimo de la parte antes de su divulgación por la dirección y no haya sido obtenida de la parte ni directa ni indirectamente; ó
3.- Hubiera sido independientemente desarrollada por la parte, sin basarse en información confidencial de la dirección; ó
4.- Sea revelada legítimamente a la parte por la dirección sin restricciones en cuanto a su divulgación; ó
5.- Mediante previo consentimiento de la dirección para la divulgación de la misma; ó
6.- Cuando la legislación vigente o un mandato judicial exija su divulgación. En ese caso, la dirección notificará a la parte tal eventualidad y hará todo lo posible por garantizar que se dé un tratamiento confidencial a la información.
7.- Ambas partes tomarán cuantas medidas estén a su alcance para hacer que sus empleados, consultores y asociados queden vinculados por los términos y condiciones del presente relación laboral y por consiguiente de prestación de servicios

Hasta 10 años después del fallecimiento del último miembro de la familia propietaria de la empresa, la parte no podrá escribir, hablar o transmitir de cualquier forma disponible, información alguna conocida o sabida sobre la EMPRESA.

De igual forma, ambas partes adoptarán, respecto a la información objeto de este relación laboral, las mismas medidas de seguridad que adoptarían normalmente para sí mismas respecto a su propia información confidencial acerca de la metodología y/o tecnología desarrollada evitando en la medida de lo posible cualquier tipo de pérdida, robo o sustracción.

En caso de que la información resulte revelada o divulgada o utilizada por cualquiera de las partes, de forma distinta al objeto de este relación laboral, ya sea de forma dolosa o por mera negligencia, habrán de indemnizar a la otra por los daños y perjuicios ocasionados, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que, en su caso, puedan corresponder a este último.

Las partes se obligan a devolver cualquier documentación, antecedentes facilitados en cualquier tipo de soporte y, en su caso, las copias obtenidas de los mismos, que constituyan información amparada por el deber de confidencialidad objeto de la presente relación laboral en el supuesto de que cese la relación entre las partes por cualquier motivo.

Esta obligación de confidencialidad subsistirá a la revocación, resolución o expiración del presente Relación laboral.

CÁMARAS DE VIGILANCIA

Se informa mediante el presente acuerdo, que estas instalaciones y por motivos de seguridad, cuentan con sistemas de captación de imágenes en las diferentes zonas públicas del local, especialmente la caja registradora. Las imágenes obtenidas por estos sistemas de seguridad serán tratadas conforme al Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016.